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PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR / 03

Penalidades y la multa del 50 % al consumidor

La deuda principal suele pagarse en cuanto la reclamación de un jurista llega al escritorio de la empresa, pero de la penalidad y la multa no se dice nada. Calculamos exactamente lo que corresponde por el retraso, lo reclamamos ante el tribunal y respondemos a las solicitudes del demandado de reducirlo.

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Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué ocurre

La tienda reembolsó con dos meses de retraso un artículo defectuoso, en lugar de hacerlo en diez días, y considera el asunto cerrado. El comprador sabe que algo se debe por el retraso, pero no desde qué fecha contarlo ni sobre qué importe.

Un contratista incumplió el plazo de una cocina a medida, una renovación o unas ventanas nuevas y ofrece un «descuento de cortesía». El descuento no guarda relación con la penalidad acumulada entretanto, y firmar un acuerdo puede cerrar cualquier reclamación posterior.

Ya hay una demanda en curso y el demandado pide al tribunal que reduzca la penalidad por desproporcionada. En este punto no basta con calcular: hay que justificar por qué el monto está fundado.

Qué dice la ley

  • Las tasas de penalidad las fija la Ley de la Federación de Rusia n.º 2300-1 de 7 de febrero de 1992 «Sobre la protección de los derechos del consumidor» (la Ley de Protección del Consumidor) y dependen del incumplimiento: 1 % del precio por día por el retraso en atender una reclamación por defectos (artículo 23), 0,5 % del anticipo por día por no entregar la mercancía pagada (artículo 23.1) y 3 % del precio por día por trabajos o servicios tardíos (artículo 28).
  • En el caso de obras y servicios, la penalidad se limita al precio de la obra; para la mercancía, la ley no fija un límite superior, pero el demandado puede pedir una reducción.
  • La penalidad puede reclamarse no solo por el pasado sino hasta la fecha en que la obligación se cumpla efectivamente, lo que el tribunal indica en la sentencia si se le solicita.
  • Cuando las exigencias del consumidor no se atendieron voluntariamente, el tribunal ordena al vendedor o prestador pagar una multa del 50 % de la suma total concedida, incluidas la penalidad y la indemnización por perjuicio moral (artículo 13, apartado 6, de la Ley de Protección del Consumidor).
  • La indemnización por daño moral se concede una vez establecida la vulneración de los derechos del consumidor (artículo 15 de la misma Ley); el tribunal decide el monto.
  • A solicitud del demandado, el tribunal puede reducir la penalidad y la multa conforme al artículo 333 del Código Civil; el demandado debe demostrar una desproporción manifiesta, y esos argumentos requieren una respuesta de fondo.

Qué hacemos

  • Identificamos qué artículo se aplica a su situación, y sobre qué importe y desde qué fecha corre la penalidad.
  • Preparamos un cálculo detallado período por período, teniendo en cuenta los pagos parciales y las fechas de recepción de las reclamaciones.
  • Redactamos una reclamación que indica la penalidad por separado, de modo que cualquier negativa voluntaria a pagarla quede clara para el tribunal.
  • Evaluamos cualquier oferta de acuerdo o de «compensación» y explicamos qué gana y a qué renuncia al firmarla.
  • Preparamos la demanda, o modificamos la pretensión en un caso ya iniciado, incluyendo la penalidad en curso y la multa.
  • Redactamos las objeciones a la solicitud de reducir la penalidad y lo representamos en la audiencia.

Qué necesitaremos de usted

  • El contrato, el recibo u otro documento que muestre el precio de la mercancía o de la obra.
  • Sus reclamaciones con prueba de recepción, recibos postales y avisos de entrega.
  • Registros de pagos: cuándo y cuánto se le reembolsó o transfirió.
  • Las respuestas del vendedor o prestador, y cualquier certificado o acuerdo que se le haya pedido firmar.
  • Si el caso ya está ante el tribunal: la demanda, la contestación y los autos del tribunal.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Cálculo

Establecemos los fundamentos, los períodos y los importes de la penalidad.

1–2 días

Demanda

Exigimos la penalidad y otras sumas antes de acudir al tribunal.

respuesta normalmente en 10 días

Demanda

Presentamos la demanda o modificamos la pretensión en un caso ya iniciado.

según se requiera

Audiencias

Defendemos el cálculo y respondemos a los argumentos a favor de una reducción.

normalmente varios meses

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

Mi dinero ya fue reembolsado. ¿Aún puedo reclamar la penalidad por separado?

Sí, si el reembolso fue tardío. La penalidad es una reclamación independiente y puede presentarse después de pagada la deuda principal, dentro del plazo de prescripción. La multa se calcula entonces sobre lo que el tribunal conceda.

¿Por qué el tribunal podría conceder menos de lo que muestra el cálculo?

Porque el demandado puede solicitar una reducción conforme al artículo 333 del Código Civil, y los tribunales sí ejercen esa facultad. No podemos decir de antemano cómo resultará, pero preparamos la justificación: la duración del retraso, la conducta del demandado y sus pérdidas reales.

El vendedor quiere que firme un acuerdo por un pago pequeño. ¿Debo hacerlo?

Es decisión suya, pero antes de firmar debe saber a qué renuncia. Estos acuerdos suelen establecer que usted no tiene más reclamaciones. Calculamos lo que le corresponde conforme a la Ley de Protección del Consumidor y lo comparamos con la oferta, teniendo presentes el tiempo y el esfuerzo que exige un proceso judicial.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.