Cálculo
Establecemos los fundamentos, los períodos y los importes de la penalidad.
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR / 03
La deuda principal suele pagarse en cuanto la reclamación de un jurista llega al escritorio de la empresa, pero de la penalidad y la multa no se dice nada. Calculamos exactamente lo que corresponde por el retraso, lo reclamamos ante el tribunal y respondemos a las solicitudes del demandado de reducirlo.
La tienda reembolsó con dos meses de retraso un artículo defectuoso, en lugar de hacerlo en diez días, y considera el asunto cerrado. El comprador sabe que algo se debe por el retraso, pero no desde qué fecha contarlo ni sobre qué importe.
Un contratista incumplió el plazo de una cocina a medida, una renovación o unas ventanas nuevas y ofrece un «descuento de cortesía». El descuento no guarda relación con la penalidad acumulada entretanto, y firmar un acuerdo puede cerrar cualquier reclamación posterior.
Ya hay una demanda en curso y el demandado pide al tribunal que reduzca la penalidad por desproporcionada. En este punto no basta con calcular: hay que justificar por qué el monto está fundado.
CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO
Establecemos los fundamentos, los períodos y los importes de la penalidad.
Exigimos la penalidad y otras sumas antes de acudir al tribunal.
Presentamos la demanda o modificamos la pretensión en un caso ya iniciado.
Defendemos el cálculo y respondemos a los argumentos a favor de una reducción.
CERCA
PREGUNTAS
Sí, si el reembolso fue tardío. La penalidad es una reclamación independiente y puede presentarse después de pagada la deuda principal, dentro del plazo de prescripción. La multa se calcula entonces sobre lo que el tribunal conceda.
Porque el demandado puede solicitar una reducción conforme al artículo 333 del Código Civil, y los tribunales sí ejercen esa facultad. No podemos decir de antemano cómo resultará, pero preparamos la justificación: la duración del retraso, la conducta del demandado y sus pérdidas reales.
Es decisión suya, pero antes de firmar debe saber a qué renuncia. Estos acuerdos suelen establecer que usted no tiene más reclamaciones. Calculamos lo que le corresponde conforme a la Ley de Protección del Consumidor y lo comparamos con la oferta, teniendo presentes el tiempo y el esfuerzo que exige un proceso judicial.
SIGUIENTE PASO
Hablemos de su situación
La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.