+7 499 460-63-47 RU EN

PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR / 04

Promotores y construcción compartida: penalidades y defectos

El edificio se terminó con seis meses de retraso, y en la entrega usted encuentra ventanas con filtraciones de aire, un contrapiso irregular y paredes que no coinciden con los planos. Le ayudamos a recibir correctamente el apartamento, a calcular la penalidad conforme a las normas vigentes y a llevar la controversia con el promotor.

Para quién
Particulares
Formato
Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué ocurre

La fecha de entrega ha pasado, el promotor envía avisos de aplazamiento y le pide que firme un acuerdo complementario con una nueva fecha. El comprador no sabe si debe aceptar ni qué pierde al firmar.

En la inspección, el apartamento resulta tener decenas de defectos, desde grietas y paredes torcidas hasta una ventilación que no funciona. El representante del promotor insiste en que se firme el acta y promete arreglarlo todo «a su debido tiempo».

El apartamento fue recibido, han pasado seis meses o un año, y han aparecido defectos ocultos: esquinas frías, un techo con goteras, un contrapiso o una fachada agrietados. La administradora del edificio lo remite al promotor, y el promotor lo remite a su contratista.

Qué dice la ley

  • Los plazos y el procedimiento de entrega, la responsabilidad del promotor y las garantías de calidad se rigen por los artículos 6 a 8 de la Ley Federal n.º 214-FZ de 30 de diciembre de 2004 «Sobre la participación en la construcción compartida de edificios de apartamentos y otros inmuebles y sobre la modificación de determinados actos legislativos de la Federación de Rusia» (la Ley de Construcción Compartida).
  • Por el retraso en la entrega a una persona física, el promotor paga una penalidad de 1/150 de la tasa de refinanciación del Banco Central sobre el precio del contrato por cada día. El Gobierno ha declarado en repetidas ocasiones períodos durante los cuales no se devenga penalidad, por lo que todo cálculo comienza verificando esos períodos.
  • La garantía sobre el inmueble, excluidos los equipos tecnológicos e ingenieriles, es de al menos cinco años, y de al menos tres años para los equipos; dentro de ese plazo el comprador puede presentar reclamaciones por defectos.
  • Por defectos, el comprador puede exigir su subsanación gratuita, una rebaja proporcional del precio del contrato o el reembolso del costo de corregirlos; los defectos esenciales pueden justificar el desistimiento del contrato.
  • Desde septiembre de 2024 se ha modificado la Ley de Construcción Compartida: se ha precisado el procedimiento de inspección y entrega para dejar constancia de los defectos, y la multa por negarse a atender voluntariamente las exigencias del comprador, así como la indemnización por defectos, se calculan y limitan ahora conforme a las reglas propias de esa Ley. Por eso los cálculos y la jurisprudencia anteriores no siempre se aplican.
  • Si la entrega se retrasa más de dos meses, el comprador puede desistir del contrato; los fondos depositados en una cuenta de garantía (escrow) le son entonces devueltos por el banco.

Qué hacemos

  • Examinamos el contrato, los acuerdos complementarios y la correspondencia para establecer qué fecha de entrega se aplica y si pudo trasladarse lícitamente.
  • Calculamos la penalidad período por período, teniendo en cuenta las moratorias y la tasa aplicable.
  • Le ayudamos en la inspección y la entrega: qué defectos registrar, cómo redactar el acta y qué hacer si el promotor se niega a consignarlos.
  • Gestionamos una inspección técnica del apartamento y una valoración de las obras de corrección.
  • Preparamos la reclamación al promotor y respondemos a sus contraargumentos, incluido el de que los defectos son «insignificantes».
  • Preparamos la demanda y representamos al comprador ante el tribunal, incluso en el peritaje designado por este.
  • Tras la sentencia acompañamos la ejecución hasta el final, teniendo presentes los aplazamientos que el Gobierno ha concedido a los promotores en distintos momentos.

Qué necesitaremos de usted

  • El contrato de construcción compartida con todos los anexos y acuerdos complementarios, y la prueba del pago o de la cuenta de garantía (escrow).
  • Las notificaciones del promotor sobre la finalización de la obra y sobre cualquier aplazamiento.
  • El acta de entrega, el acta de inspección o el acta de disconformidad, si se levantó alguna.
  • Fotos y videos de los defectos y los informes de especialistas que ya haya obtenido.
  • La correspondencia con el promotor y con la administradora del edificio sobre los defectos.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Revisión del contrato

Verificamos las fechas, los plazos y los acuerdos complementarios y elaboramos un cálculo preliminar.

2–3 días

Inspección y peritaje técnico

Registramos los defectos y encargamos un peritaje técnico cuando hace falta.

2–4 semanas

Demanda

Presentamos al promotor las reclamaciones por la penalidad y los defectos.

según se requiera

Tribunal

Presentamos la demanda, llevamos el caso y acompañamos la ejecución.

normalmente varios meses

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

El promotor quiere que firme un acuerdo que traslada la fecha de entrega. ¿Tengo que hacerlo?

No, el cambio de fecha requiere el consentimiento del comprador. Un acuerdo firmado, por lo general, también traslada el inicio del período de la penalidad. Antes de decidir, mire qué ofrece el promotor a cambio y qué tan realista es la nueva fecha.

¿Puedo negarme a firmar el acta de entrega hasta que se corrijan los defectos?

No por cualquier falla menor, y en ciertos casos el promotor puede levantar un acta unilateral. Lo más importante es registrar bien los defectos en la inspección: eso preserva su derecho a que se corrijan después de la entrega.

¿Por qué el tribunal concedió menos que nuestro cálculo?

Normalmente hay dos razones: períodos de moratoria omitidos en el cálculo y una reducción conforme al artículo 333 del Código Civil a solicitud del promotor. Contemplamos la primera desde el principio y preparamos argumentos contra la segunda, pero la magnitud de cualquier reducción corresponde al tribunal.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.