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CONTRATOS Y ASESORÍA JURÍDICA PERMANENTE / 01

Asesoría jurídica permanente (jurista externo como parte de su equipo)

Usted no tiene un jurista interno, o una sola persona carece del tiempo y de la experiencia especializada, y aun así surgen cuestiones jurídicas cada semana. Actuamos como su departamento jurídico externo: un solo equipo que conoce su negocio y asume la responsabilidad de todo el flujo de consultas.

Para quién
Empresas y emprendedores
Formato
Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué ocurre

Una empresa de cuarenta personas: contratos con clientes y proveedores, un arrendamiento, cuestiones de personal, alguna carta de reclamación ocasional. Un jurista interno no se amortiza, y acudir cada vez a un asesor nuevo obliga a explicar de nuevo cómo funciona el negocio.

La empresa tiene su propio jurista, pero solo uno. Una controversia judicial, una inspección tributaria o una operación con participaciones exige experiencia especializada y manos adicionales, y el director quiere contar con respaldo en lugar de buscar un contratista en plena crisis.

El negocio crece: nuevas líneas, nuevas regiones, sucursales independientes, y los documentos elaborados al principio ya no se corresponden con la realidad. Lo que hace falta no es una auditoría puntual sino un acompañamiento continuo que siga el ritmo de los cambios.

Qué dice la ley

  • El Código Civil prevé el contrato de abono (suscripción): el cliente realiza pagos periódicos por el derecho a requerir servicios dentro de un alcance acordado, con independencia de cuántas tareas surjan en un mes dado. El alcance, los plazos de respuesta y el tratamiento de los trabajos fuera del alcance se establecen en el contrato.
  • La facultad de representar a la empresa ante tribunales, órganos estatales y contrapartes se otorga mediante poder conforme al Código Civil; usted decide la extensión de esa facultad y puede modificarla en cualquier momento.
  • Los datos personales de trabajadores y clientes que recibimos en el curso de nuestro trabajo se tratan por encargo de la empresa, conforme a la Ley Federal n.º 152-FZ de 27 de julio de 2006 «Sobre los datos personales»; las condiciones de ese encargo se incluyen en el contrato.
  • La confidencialidad se asegura mediante el contrato y un acuerdo de confidencialidad; si la empresa mantiene un régimen de secreto comercial conforme a la Ley Federal «Sobre el secreto comercial», seguimos el procedimiento de acceso que este establece.
  • Las decisiones siguen adoptándolas los órganos de dirección de la empresa: preparamos documentos y recomendaciones, evaluamos riesgos y proponemos opciones, pero la responsabilidad del director conforme al Código Civil no se traslada a un jurista externo.

Qué hacemos

  • Revisamos y redactamos contratos, acuerdos complementarios, poderes y documentos societarios.
  • Gestionamos las reclamaciones: respondemos a las cartas de reclamación de las contrapartes y enviamos las suyas.
  • Asesoramos a directivos y personal en las consultas cotidianas por los canales y en los plazos acordados.
  • Le acompañamos en las inspecciones de los órganos estatales y respondemos a los requerimientos de la autoridad tributaria y de otros organismos.
  • Seguimos los cambios legislativos que afectan a su negocio y le avisamos de ellos con antelación.
  • Incorporamos a especialistas de nuestro equipo para asuntos contenciosos, tributarios y societarios.
  • Informamos mensualmente: qué se ha hecho, qué está en curso y qué riesgos vemos.

Qué necesitaremos de usted

  • Los documentos constitutivos, un extracto del registro y datos de la estructura del grupo, si existe.
  • Una lista de contratos tipo y de contrapartes actuales que susciten dudas.
  • Información sobre controversias, inspecciones y reclamaciones en curso.
  • Personas de contacto en la empresa y las reglas de aprobación: quién asigna las tareas y quién toma las decisiones.
  • Un poder notarial que cubra las tareas acordadas.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Incorporación

Conocemos el negocio, los documentos y los asuntos en curso e identificamos los riesgos prioritarios.

1–2 reuniones

Puesta en marcha

Acordamos el alcance, los canales, los plazos de respuesta y el formato de los informes, y los dejamos reflejados en el contrato.

hasta 1 semana

Trabajo continuo

Atendemos las tareas cotidianas, asesoramos, gestionamos las reclamaciones e incorporamos especialistas según haga falta.

continuo

Informes

Informamos del trabajo realizado y hablamos de cualquier cambio en el alcance o las prioridades.

mensual

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

¿Quién trabajará exactamente con nuestra empresa?

Se asigna a la empresa un jurista responsable, que conoce su negocio y se encarga de la comunicación. Para las cuestiones especializadas incorpora a colegas de las prácticas correspondientes, de modo que usted no tenga que buscarlos.

¿Qué pasa si en un mes hay más tareas de las que cubre el contrato?

El procedimiento se establece de antemano en el contrato: qué tareas entran en el alcance y cuáles se acuerdan por separado. Antes de asumir un trabajo fuera del alcance, se lo comunicamos y lo acordamos con usted.

¿Con qué rapidez responden?

Los plazos de respuesta se acuerdan en el contrato y dependen de la urgencia del asunto. Los asuntos urgentes, como la llegada de inspectores o la notificación de una demanda, se atienden con prioridad.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.