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RECLAMACIONES Y COBRO DE DEUDAS / 02

Demanda y contestación

El primer documento procesal fija el marco de todo el caso: qué se reclama, con qué fundamento y qué examinará el tribunal. Preparamos la demanda o la contestación de modo que el juez entienda la posición en la primera lectura y vea las pruebas concretas que la respaldan.

Para quién
Empresas y emprendedores
Formato
Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué ocurre

Una empresa ha decidido demandar, pero no está segura de qué pedir exactamente: solo la deuda, o también una penalidad, la resolución del contrato, la devolución de la mercancía. La forma de plantear las pretensiones determina qué tribunal conoce el caso, el monto de la tasa estatal y qué pruebas habrá que reunir.

Otra situación frecuente: llegó el auto que admite una demanda en su contra, la audiencia preliminar es en un par de semanas y la empresa no tiene una posición. La contestación debe llegar al demandante y al tribunal a tiempo; de lo contrario, el tribunal puede resolver el caso con las pruebas ya incorporadas al expediente.

A veces un jurista interno ha presentado la demanda y el tribunal la ha dejado sin trámite o la ha devuelto. Averiguamos por qué, subsanamos los defectos y comprobamos si la devolución ha puesto en riesgo el plazo de prescripción.

Qué dice la ley

  • El contenido que debe tener una demanda y los documentos que deben adjuntarse lo establecen el Código de Procedimiento Comercial (APK) y el Código de Procedimiento Civil; si hay defectos, el tribunal deja la demanda sin trámite y fija un plazo para subsanarlos, y la devuelve si no se subsanan.
  • Antes de presentarla, se envía al demandado una copia de la demanda con sus anexos, y la prueba del envío se adjunta a la demanda. En las demandas de cobro de dinero ante el tribunal comercial, normalmente también debe acreditarse el cumplimiento del procedimiento de reclamación previa.
  • La competencia sigue las reglas generales o el acuerdo de las partes: un contrato puede designar de antemano un tribunal determinado, y el tribunal tiene en cuenta esa cláusula al admitir la demanda.
  • La contestación se envía al demandante y al tribunal con tiempo para que la lean antes de la audiencia; si no se presenta contestación, el tribunal puede resolver el caso con las pruebas de que dispone.
  • Se admite una reconvención cuando está vinculada con la demanda original y examinarlas conjuntamente conducirá a una resolución más rápida y precisa; puede presentarse hasta que el tribunal de primera instancia dicte sentencia.
  • El plazo general de prescripción conforme al Código Civil es de tres años; el tribunal solo lo aplica si una parte lo invoca antes de la sentencia, por lo que el demandado debe invocarlo a tiempo.

Qué hacemos

  • Definimos el objeto y los fundamentos de la demanda: qué reclamar, por cuánto y en qué orden, para que nada se pierda.
  • Verificamos la competencia, la prescripción y el cumplimiento del procedimiento previo al juicio.
  • Redactamos la demanda con los cálculos y con cada argumento vinculado a pruebas concretas, y no a todo el conjunto a la vez.
  • Preparamos las solicitudes necesarias desde el inicio: de medidas cautelares, de exhibición de pruebas, de peritaje.
  • Cuando su empresa es la demandada, desmontamos la demanda punto por punto, encontramos los puntos débiles de sus cálculos y pruebas y preparamos la contestación y un contracálculo.
  • Evaluamos si conviene presentar una reconvención, invocar la prescripción o solicitar la reducción de una penalidad.
  • Presentamos los escritos a través del sistema electrónico del tribunal y damos seguimiento a la tramitación de los documentos.

Qué necesitaremos de usted

  • El contrato, los acuerdos complementarios y las pruebas del cumplimiento.
  • La correspondencia sobre la controversia y las cartas de reclamación enviadas o recibidas.
  • Si usted es el demandado: una copia de la demanda con todos sus anexos y el auto del tribunal que la admite.
  • Un relato, por parte del personal que gestionó la operación, de lo que realmente ocurrió.
  • Un poder notarial para el representante y la prueba de las facultades del firmante.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Revisión

Estudiamos los documentos y la controversia y decidimos qué reclamar o frente a qué defenderse.

1 reunión

Posición

Construimos la posición jurídica, organizamos las pruebas y preparamos los cálculos.

3–7 días

Documento

Redactamos la demanda o la contestación con las solicitudes, la acordamos con usted y la notificamos a la contraparte y al tribunal.

2–3 días

Seguimiento

Hacemos seguimiento del caso, respondemos a los argumentos de la contraparte y representamos a la empresa en las audiencias cuando sea necesario.

según se requiera

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

¿Pueden modificarse las pretensiones más adelante?

Sí. Hasta que el tribunal de primera instancia dicte sentencia, el demandante puede modificar el objeto o los fundamentos de la demanda y aumentar o reducir el importe. En los tribunales comerciales no pueden modificarse ambos a la vez, por lo que conviene pensar bien la estructura desde el inicio.

¿Qué ocurre si no presentamos la contestación?

El caso no se detendrá: el tribunal puede resolverlo con las pruebas de que dispone. Los argumentos planteados en el último momento se valoran a la luz de por qué no se plantearon antes, y retrasar el proceso puede influir en cómo se distribuyen las costas. La contestación es además el lugar natural para invocar la prescripción y solicitar la reducción de una penalidad.

¿Solo redactan los documentos o llevan todo el caso?

Ambas cosas. A veces una empresa solo necesita una demanda o una contestación sólida y su jurista interno asiste a las audiencias; entonces le entregamos la posición con notas y seguimos disponibles. Normalmente, sin embargo, funciona mejor cuando el caso lo lleva quien redactó los escritos.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.