Cálculo de la deuda
Revisamos los documentos y determinamos qué puede reclamarse y por qué período.
DERECHOS DE LOS TRABAJADORES / 02
Los salarios llevan meses de retraso, la liquidación final nunca se pagó, la bonificación fue «olvidada» y parte del sueldo se pagó en efectivo. Determinamos qué puede recuperarse y cómo probarlo, y luego lo reclamamos ante la inspección de trabajo, los tribunales y los alguaciles.
La empresa atraviesa un mal momento: los salarios se pagan en cuotas, el pago siempre es «para uno de estos días» y la deuda no deja de crecer. La gente lo tolera hasta que se va, y entonces descubre que nadie tiene intención de pagar tampoco la liquidación final.
Otra situación es la disputa sobre el monto. El empleador dice que la bonificación no corresponde, no paga las horas extras o calculó mal las vacaciones o la compensación por vacaciones no disfrutadas. El contrato de trabajo, la política salarial y las hojas de asistencia deciden estos casos.
La tercera es el pago en negro: el salario mínimo en el papel y el resto en efectivo. La parte no oficial es la más difícil de recuperar, pero incluso aquí suele haber pruebas: mensajes, planillas de pago, transferencias, testigos.
CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO
Revisamos los documentos y determinamos qué puede reclamarse y por qué período.
Enviamos una exigencia al empleador y una queja a la inspección de trabajo.
Obtenemos una orden judicial por la parte no discutida y presentamos una demanda ordinaria por el resto.
Entregamos la orden a los alguaciles, seguimos las retenciones y, en la insolvencia, tratamos con el administrador.
CERCA
PREGUNTAS
La falta de dinero no exime al empleador de pagar los salarios ni la compensación por el retraso. Los alguaciles disponen de herramientas: el bloqueo de las cuentas y los bienes de la empresa. Si la empresa se dirige a la insolvencia, los créditos salariales tienen preferencia sobre la mayoría de los demás acreedores, por lo que es importante establecer la deuda a tiempo.
Es más difícil, porque el tribunal parte de los documentos oficiales. Pero también valorará mensajes, transferencias desde la cuenta personal de un directivo, planillas de pago, testigos y un anuncio de empleo que indique el salario. Evaluamos de antemano cuán convincentes son las pruebas y le hablamos con franqueza de los riesgos.
Sí. Se devenga por cada día de retraso hasta que el pago se efectúa realmente, también sobre la liquidación final. Puede reclamarse junto con la deuda principal y la indemnización por daño moral.
SIGUIENTE PASO
Hablemos de su situación
La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.