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FAMILIA Y HERENCIA / 07

Controversias sucesorias

Los herederos no logran ponerse de acuerdo sobre quién se queda con el apartamento, alguien oculta bienes o alguien reclama una parte a la que los demás consideran que no tiene derecho. Examinamos la posición de cada parte, establecemos qué comprende realmente la herencia y llevamos la controversia hasta la partición y la inscripción de la titularidad.

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Qué ocurre

Un conflicto típico: un apartamento ha pasado a varios herederos por cuotas, uno de ellos vive en él y los demás quieren venderlo o que se les pague su parte. Dividir físicamente el apartamento suele ser imposible, por lo que la disputa gira en torno a compras de cuotas, compensaciones y derechos preferentes.

Otra historia frecuente: en vida, el causante transfirió bienes a uno de los hijos, retiró dinero de las cuentas o firmó operaciones extrañas. Los demás herederos quieren saber si esos bienes pueden reintegrarse a la herencia.

Una tercera: aparece un nuevo reclamante. Una persona a cargo, un hijo de otro matrimonio, un padre incapacitado para trabajar con derecho a una cuota obligatoria. O al revés: alguno de los herederos debería ser excluido por indigno.

Qué dice la ley

  • La herencia aceptada por varios herederos pasa a ser propiedad común de ellos. Puede dividirse de común acuerdo o, si hay controversia, por el tribunal (Código Civil).
  • El heredero que era copropietario con el causante de un bien indivisible, o que lo utilizaba habitualmente, tiene derecho preferente a recibirlo como parte de su cuota, pagando una compensación a los demás.
  • Los hijos, el cónyuge y los padres del causante incapacitados para trabajar, así como las personas a su cargo incapacitadas para trabajar, reciben al menos la mitad de la parte que les habría correspondido en la sucesión intestada, lo que diga el testamento.
  • Es indigno el heredero que actuó de forma intencional e ilícita contra el causante o contra otros herederos para obtener la herencia o aumentar su parte. Quienes eludieron con mala fe el deber de manutención del causante quedan excluidos por resolución judicial de la sucesión intestada.
  • Los herederos pueden impugnar las operaciones del causante por los motivos generales del Código Civil, por ejemplo cuando el causante no podía comprender el significado de sus actos en ese momento. El plazo de prescripción es de un año para las operaciones anulables y de tres años para las nulas.
  • Los acreedores del causante presentan sus reclamaciones contra los herederos que aceptaron; los herederos responden solidariamente hasta el valor de los bienes que cada uno recibió.

Qué hacemos

  • Estudiamos el expediente sucesorio, los documentos de titularidad y la posición de cada heredero.
  • Verificamos qué comprende la herencia: qué le pertenece, qué se sacó de ella en vida del causante y si ello puede impugnarse.
  • Preparamos un convenio de partición de la herencia y negociamos con los demás herederos.
  • Hacemos valer o impugnamos las reclamaciones de cuota obligatoria y las de exclusión de un heredero por indigno.
  • Llevamos el caso ante el tribunal: partición, compensación, impugnación de operaciones y medidas cautelares sobre los bienes en disputa.
  • Defendemos a los herederos frente a reclamaciones infundadas de los acreedores del causante.
  • Tras la sentencia, inscribimos la titularidad y damos seguimiento a la ejecución.

Qué necesitaremos de usted

  • El expediente sucesorio: solicitudes, certificados y respuestas del notario.
  • Documentos de titularidad de los bienes en disputa e información sobre quién los usa y quién paga su mantenimiento.
  • Datos de las operaciones del causante en sus últimos años y, si está en cuestión su estado mental, su historia clínica.
  • Documentos sobre parentesco, incapacidad para trabajar o dependencia cuando se trate de una cuota obligatoria.
  • Correspondencia con los demás herederos y las propuestas que hayan hecho.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Análisis

Revisamos el expediente sucesorio y la posición de cada parte e identificamos qué merece realmente ser disputado.

1–2 reuniones

Negociación

Preparamos las cifras y un borrador de convenio y los discutimos con los demás herederos.

2–4 semanas

Tribunal

Si no se llega a un acuerdo, presentamos la demanda, solicitamos medidas cautelares y llevamos el caso.

calendario del tribunal

Inscripción

Inscribimos la titularidad conforme al convenio o a la sentencia y nos ocupamos de la ejecución.

tras la sentencia

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

Mi hermano vive en el apartamento heredado y no deja entrar a los demás. ¿Qué podemos hacer?

Puede pedir al tribunal que fije reglas de uso, reclamar una compensación por el uso de su parte por él, o solicitar la división: una compra de cuotas, una compensación o la venta. La opción realista depende del tamaño del apartamento, del número de herederos y de sus medios. Muchas disputas terminan en acuerdo cuando las partes ven las cifras.

En vida, mi padre donó el apartamento a uno de sus hijos. ¿Se puede impugnar?

Una donación es lícita en sí misma, y los bienes donados no forman parte de la herencia. Puede impugnarse por los motivos generales: si su padre no comprendía lo que hacía en ese momento, fue inducido a error, o la donación encubría una operación distinta. Para ello se necesitan historia clínica, testigos y, por lo general, un peritaje póstumo.

¿Cuánto dura una controversia sucesoria?

Depende del objeto de la disputa. Una partición con una tasación acordada puede tomar varios meses; una controversia con peritajes y apelaciones lleva más tiempo. Al comienzo describimos un escenario realista y los momentos en que tiene sentido llegar a un acuerdo.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.