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PRÁCTICA

Contratación pública (Leyes 44-FZ y 223-FZ)

Vender al Estado y a las empresas estatales genera contratos estables, pero castiga los errores en la oferta y en la ejecución. Acompañamos al proveedor en cada etapa, desde la lectura del aviso de licitación hasta el litigio judicial con el cliente.

Para quién
Empresas y emprendedores
Formato
Moscú y a distancia en toda Rusia

SERVICIOS

Servicios de esta práctica

01 / SERVICIO

Acompañamiento en licitaciones

Su empresa quiere trabajar con clientes estatales y empresas estatales, pero sus ofertas siguen siendo rechazadas y las condiciones incómodas del contrato salen a la luz cuando ya es tarde para…

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PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

¿Por dónde empieza una empresa que se estrena en la contratación pública?

Con una firma electrónica, el registro en el Sistema de Información Unificado y en las plataformas de licitación, y una comprensión de qué licitaciones se ajustan a su experiencia y a los requisitos de garantía. Le ayudamos a seleccionar licitaciones, a revisar la documentación y a evaluar los riesgos del contrato antes de presentar una oferta.

¿Por qué es riesgoso un precio de oferta muy reducido?

Cuando el precio baja de forma significativa, la Ley Federal n.º 44-FZ, de 5 de abril de 2013, sobre el sistema contractual en la contratación pública aplica medidas antidumping: garantía aumentada o prueba de buena fe. Sobre todo, el contrato debe entonces ejecutarse a ese precio.

¿Se pueden modificar las condiciones del contrato después de firmarlo?

Solo en los casos expresamente previstos por la 44-FZ, por ejemplo, un cambio de volumen dentro de límites fijados. El precio o los plazos no pueden cambiarse a voluntad, por lo que es mejor evaluar los riesgos antes de ofertar.

El cliente no recibe los trabajos ni los paga. ¿Qué hacer?

Documentar la entrega: enviar los documentos de recepción a través del Sistema de Información Unificado, responder a las negativas motivadas y encargar un peritaje si hace falta. Después, una carta de reclamación y la vía judicial. Al mismo tiempo nos aseguramos de que el cliente no resuelva el contrato y haga incluir a la empresa en la lista negra.

El cliente decidió rescindir el contrato de forma unilateral. ¿Es el fin del asunto?

No. Conforme a la 44-FZ, el proveedor dispone de diez días tras la notificación para subsanar el incumplimiento, y el cliente debe entonces anular la decisión. Este plazo no debe perderse: de él depende también el riesgo de ser inscrito en el registro de proveedores desleales.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.