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FAMILIA Y HERENCIA / 03

Pensión alimenticia y manutención

El otro progenitor no paga, paga sobre el salario mínimo o exige más de lo que usted puede costear. Elegimos la forma adecuada de reclamar o modificar la pensión según sus circunstancias y damos seguimiento a la ejecución con los alguaciles.

Para quién
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Formato
Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué ocurre

El padre o la madre del menor gana oficialmente el salario mínimo mientras vive claramente de otros ingresos. Una cuarta parte del salario mínimo es casi nada, de modo que la cuestión es cómo mostrar al tribunal el nivel de vida real y pasar a una suma fija.

La pensión se fijó hace tiempo, pero los atrasos no dejan de crecer: los alguaciles envían respuestas estándar, el obligado ha cambiado de empleo, se ha mudado o ha puesto bienes a nombre de familiares. En este punto el trabajo tiene menos que ver con el tribunal y más con el procedimiento de ejecución.

También ocurre lo contrario: las circunstancias del obligado han cambiado, han nacido otros hijos, los ingresos han caído o el hijo mayor ha alcanzado la mayoría de edad. El monto no se recalcula automáticamente; cambia solo por acuerdo o por decisión del tribunal.

Qué dice la ley

  • Los padres deben mantener a sus hijos menores. Pueden fijar las condiciones en un acuerdo notarial de pensión alimenticia; si no lo hay, la pensión se reclama por la vía judicial (Código de Familia).
  • Por regla general, el tribunal fija la pensión como una parte del salario y otros ingresos: una cuarta parte para un hijo, una tercera para dos y la mitad para tres o más. La parte puede reducirse o aumentarse según las circunstancias de las partes.
  • Cuando los ingresos son irregulares, se reciben en especie o en moneda extranjera, o una parte perjudicaría gravemente el interés del menor, el tribunal fija la pensión en una suma fija, que luego se indexa.
  • Cuando la paternidad no se discute y no hace falta incorporar a nadie más, puede obtenerse una orden judicial en procedimiento sumario; una disputa sobre el monto o una demanda de suma fija sigue la vía de un juicio ordinario (Código de Procedimiento Civil).
  • La pensión de períodos pasados puede recuperarse hasta por tres años anteriores a la demanda, si el beneficiario intentó obtenerla y el obligado la eludió. Los atrasos imputables al obligado conllevan una penalización conforme al Código de Familia.
  • La ejecución se rige por la Ley Federal n.º 229-FZ de 2 de octubre de 2007 «Sobre el procedimiento de ejecución»: retenciones sobre los ingresos, bloqueo de cuentas y bienes, y restricciones para viajar al extranjero y para conducir.

Qué hacemos

  • Evaluamos qué tiene más sentido: una parte de los ingresos, una suma fija o una combinación, y qué vía es más rápida en su caso: una orden judicial o una demanda ordinaria.
  • Reunimos pruebas de los ingresos y gastos reales del obligado y de las necesidades del menor.
  • Cuando los padres han llegado a un acuerdo, redactamos un acuerdo notarial de pensión alimenticia.
  • Preparamos la demanda para fijar, aumentar o reducir la pensión y lo representamos ante el tribunal.
  • Calculamos los atrasos y la penalización e impugnamos los cálculos incorrectos del alguacil.
  • Damos seguimiento al procedimiento de ejecución: solicitudes de rastreo de ingresos y bienes, de restricciones, y quejas por la inacción del alguacil.

Qué necesitaremos de usted

  • Las actas de nacimiento de los hijos y, si procede, las actas de matrimonio o de divorcio.
  • Información sobre el trabajo y los ingresos del otro progenitor, incluidos los no oficiales: publicaciones, anuncios, mensajes, pruebas de compras y viajes.
  • Pruebas de los gastos del menor: atención médica, escolaridad, actividades extraescolares, necesidades especiales.
  • Cualquier sentencia, orden judicial o acuerdo de pensión existente.
  • El expediente de ejecución y la correspondencia con los alguaciles, si hay atrasos.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Revisión

Revisamos los documentos y los ingresos de ambas partes y elegimos la vía: acuerdo, orden judicial o demanda.

1 reunión

Documentos

Preparamos el acuerdo o la solicitud judicial y reunimos pruebas de ingresos y gastos.

1–2 semanas

Tribunal

Obtenemos una orden judicial o llevamos el juicio sobre el monto de la pensión.

según se requiera

Ejecución

Entregamos la orden a los alguaciles o al empleador del obligado y vigilamos las retenciones y los atrasos.

continuo

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar manutención para mí, y no solo para el menor?

En ciertos casos, sí. El Código de Familia otorga derecho a manutención de un cónyuge o excónyuge, en particular a la esposa durante el embarazo y durante tres años después del nacimiento de un hijo común, al cónyuge que cuida de un hijo con discapacidad, y al cónyuge que no puede trabajar y se halla en necesidad. Esa manutención se fija en una suma fija.

El obligado ha pasado a cobrar en negro. ¿Qué se puede hacer?

Si los ingresos oficiales no se corresponden con su estilo de vida, reunimos pruebas de los ingresos reales y pedimos al tribunal que pase a una suma fija. En cuanto a los atrasos, cuando el obligado no trabajó o no acreditó sus ingresos en el período correspondiente, la deuda se calcula a partir del salario medio en Rusia.

Mi hijo cumplió 18 años. ¿Se acaba la pensión?

Por regla general, sí. Pero si el hijo mayor de edad no puede trabajar y necesita ayuda, también puede reclamarse pensión para él. Cuando se pagaba pensión para varios hijos, el monto para los restantes no cambia automáticamente: debe recalcularse por acuerdo o por decisión del tribunal.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.