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DEBIDA DILIGENCIA / 03

Debida diligencia para inversores particulares

El dinero entra en el negocio de un amigo, en una parte de una cafetería o en una startup por confianza y a partir de una breve presentación. Verificamos en qué exactamente está invirtiendo y proponemos una forma de participación que proteja su dinero si las cosas salen mal.

Para quién
Empresas y emprendedores
Formato
Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué ocurre

Un amigo lo invita a su empresa: el dinero hace falta para expandirse y la participación se inscribirá a su nombre «más adelante, cuando todo despegue». Por ahora solo le piden que transfiera la suma a la cuenta de la empresa o a él personalmente.

Un inversor particular elige entre varios proyectos llegados por conocidos y clubes de inversores. Las presentaciones muestran ingresos y planes; el registro muestra una empresa con un capital social mínimo, deudas tributarias y un director que cambió hace un mes.

Un empresario vende una participación en un negocio en marcha y muestra estados contables con buenas utilidades. El comprador, que no cuenta con equipo jurídico propio, quiere entender qué hay detrás de esa cifra, qué pasivos permanecen en la empresa y cómo se tomarán las decisiones junto con el vendedor.

Qué dice la ley

  • Se llega a ser socio de una sociedad de responsabilidad limitada (OOO) comprando una participación o aportando a un aumento del capital social. Conforme a la Ley Federal n.º 14-FZ de 8 de febrero de 1998 «Sobre las sociedades de responsabilidad limitada» (la Ley de SRL), estas operaciones y resoluciones por lo general requieren la intervención de un notario, y el dinero entregado sin ello no le convierte en socio.
  • Las relaciones entre los socios pueden plasmarse en un pacto de socios conforme al Código Civil: votaciones, salida con recompra, prohibición de vender sin consentimiento, distribución de utilidades. Los estatutos de la sociedad están al alcance de terceros, mientras que el contenido de un pacto de socios no tiene por qué divulgarse.
  • Si se presta dinero con el derecho a obtener una participación más adelante, ese derecho debe documentarse, por ejemplo como una opción de celebrar un contrato conforme al Código Civil, con condiciones claras y un plazo. Una promesa verbal de una participación futura es casi imposible de hacer valer.
  • Al comprar una participación a una persona física, verificamos el consentimiento de su cónyuge: la participación adquirida durante el matrimonio es, por regla general, un bien común conforme al Código de Familia, y una venta sin el consentimiento notarial del cónyuge puede ser impugnada por este.
  • Cuando la inversión es en el extranjero o el vendedor es no residente, tenemos en cuenta la Ley Federal n.º 173-FZ de 10 de diciembre de 2003 «Sobre la regulación cambiaria y el control cambiario» y las restricciones a las operaciones con personas de Estados inamistosos.
  • Las ofertas que prometen un alto rendimiento fijo se contrastan con las advertencias públicas del Banco de Rusia sobre empresas con indicios de actividad ilegal en el mercado financiero: aquí el riesgo de un esquema piramidal pesa más que el de un fracaso empresarial ordinario.

Qué hacemos

  • Verificamos la empresa y las personas que están detrás: datos de registro, historial de los socios, deudas, litigios, insolvencias y empresas vinculadas.
  • Contrastamos la versión del fundador o del vendedor con los documentos: quién es propietario del local, de la marca, del sitio web y de los contratos con los clientes clave.
  • Leemos los estados contables con sentido común: de dónde provienen los ingresos, cuáles son las deudas y si el negocio depende de un solo contrato o de una sola persona.
  • Proponemos una forma de participación (compra de una participación, aumento de capital, un préstamo con opción, una sociedad conjunta aparte) y explicamos las ventajas y los riesgos de cada una.
  • Preparamos o revisamos los documentos de la operación y el pacto de socios, y asistimos a la firma ante el notario.
  • Redactamos un informe de cierre en lenguaje claro: qué verificamos, qué encontramos y qué sigue descansando en la confianza.

Qué necesitaremos de usted

  • La presentación o descripción del proyecto y el monto que piensa invertir.
  • El nombre de la empresa y su número de identificación fiscal, y los datos de los fundadores o del vendedor.
  • Todo lo que ya le han entregado: estados contables, contratos, un borrador de acuerdo, mensajes con promesas.
  • Sus expectativas: tamaño de la participación, papel en la gestión, horizonte de inversión y vía de salida.
  • El estado civil del vendedor, si compra una participación a una persona física.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Conversación

Averiguamos en qué invierte y en qué condiciones, y decidimos qué verificar primero.

1 reunión

Revisión

Registros, documentos, preguntas al fundador; una valoración de la participación si es necesario.

1–3 semanas

Informe

Exponemos los hallazgos y riesgos en lenguaje claro y proponemos una forma de participación.

2–3 días

Documentación

Preparamos los documentos y el pacto de socios y asistimos a la firma.

según se requiera

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

Me incomoda pedirle documentos a un amigo. ¿Cómo lo manejamos?

Asumimos esa conversación nosotros: la solicitud de un jurista se percibe como un procedimiento habitual y no como desconfianza. Y si el fundador no muestra documentos ante preguntas básicas, conviene saberlo antes de mover dinero alguno.

¿Me dirá la revisión si el negocio será rentable?

No. Evaluamos los riesgos jurídicos y los riesgos financieros evidentes: si los activos pertenecen a la empresa, si hay deudas o disputas ocultas y si su participación está documentada de manera defendible. Que el proyecto tenga éxito comercial sigue siendo una decisión empresarial suya.

¿Puedo invertir ahora y registrar la participación después?

Técnicamente sí, pero es la opción más expuesta. Si el dinero cambia de manos sin documentos, recuperarlo implica probar un préstamo o un enriquecimiento sin causa, y no obtendrá la participación. Como mínimo, tenga un acuerdo por escrito que indique para qué es el dinero y qué ocurre si la participación no se inscribe en una fecha determinada.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.