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INSOLVENCIA Y RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA / 05

Protección del director y del beneficiario final en el concurso

Para un director o propietario, el concurso de una sociedad se convierte en varias disputas paralelas: sobre documentos, daños, operaciones y sus propias reclamaciones contra la sociedad. Las tratamos como un solo caso y construimos una defensa en la que un paso dado en una disputa no deje expuesto al cliente en otra.

Para quién
Empresas y emprendedores
Formato
Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué ocurre

La sociedad aún no está en concurso, pero se encamina hacia él, y el propietario quiere saber de antemano de qué es probable que se le acuse, qué documentos deben estar en orden y cómo comportarse una vez nombrado un administrador concursal.

El administrador concursal exige simultáneamente que el anterior director entregue los documentos, le reclama daños por varias operaciones e impugna una prima que se le pagó. Cada reclamación se tramita por separado, y lo que él diga en una puede utilizarse en las demás.

El beneficiario final financió la sociedad con préstamos durante años y ahora quiere que se inscriban en el registro. El administrador concursal y los acreedores se oponen y los califican de financiación compensatoria, mientras preparan una reclamación de responsabilidad subsidiaria contra él.

Qué dice la ley

  • La Ley Federal n.º 127-FZ de 26 de octubre de 2002 «Sobre la insolvencia (quiebra)» (la Ley de Insolvencia) obliga al director general a entregar al administrador concursal la contabilidad y demás documentación del deudor, los sellos y los bienes de valor. El incumplimiento da lugar a una orden judicial de entrega y activa presunciones en cualquier reclamación de responsabilidad subsidiaria.
  • Además de la responsabilidad subsidiaria, la Ley de Insolvencia permite reclamar a las personas que ejercen el control los daños causados al deudor, incluso con base en los fundamentos del Código Civil sobre la responsabilidad del director. Son reclamaciones distintas, con aspectos distintos que probar.
  • Las operaciones del deudor con su director y sus socios, incluidos pagos, préstamos y enajenaciones de bienes, son las primeras que examina el administrador concursal, y se presume que las partes interesadas conocían las circunstancias.
  • Según la jurisprudencia consolidada, los créditos del beneficiario final derivados de la financiación de la sociedad durante una crisis pueden ser subordinados, es decir, se pagan después de los créditos de los acreedores independientes.
  • En las reclamaciones de responsabilidad subsidiaria y de daños el tribunal puede congelar los bienes de las personas que ejercen el control; en algunos casos también se examina el patrimonio de sus familiares.
  • En la práctica, entregar los documentos con prontitud, revelar la información y cooperar con el administrador concursal influyen tanto en la visión general del tribunal como en el alcance de la responsabilidad.

Qué hacemos

  • Antes del concurso, auditamos los riesgos: operaciones de los últimos tres años, el estado de la documentación y los papeles del director, los socios y los administradores de hecho.
  • Preparamos la documentación para su entrega al administrador concursal y documentamos la entrega para que su alcance y su fecha queden acreditados.
  • Llevamos de forma coordinada todas las disputas separadas contra el cliente: entrega de documentos, daños, operaciones impugnadas y responsabilidad subsidiaria.
  • Defendemos en la inscripción los créditos del beneficiario final contra la sociedad y nos oponemos a una subordinación injustificada.
  • Impugnamos y reducimos las congelaciones de bienes que afectan al patrimonio personal del cliente y de su familia.
  • Cuando conviene al cliente, establecemos una relación de trabajo con el administrador concursal y los acreedores, incluida la negociación de un convenio.

Qué necesitaremos de usted

  • El número del proceso concursal o, si aún no hay proceso, los estados contables de la sociedad y la lista de acreedores.
  • Documentos sobre el papel del cliente: acuerdos de nombramiento, contrato de trabajo, poderes notariales y participación societaria.
  • Datos de las operaciones entre la sociedad y el cliente o personas vinculadas: préstamos, pagos, ventas y arrendamientos de bienes.
  • Dónde se conserva la documentación de la sociedad y cualquier correspondencia con el administrador concursal si el procedimiento ya ha comenzado.
  • Datos de los bienes adquiridos por el cliente y su familia en los últimos años.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Mapa de riesgos

Determinamos qué reclamaciones podrían presentarse contra el cliente, con qué fundamento y en qué orden.

1–3 semanas

Preparación

Ponemos en orden la documentación, documentamos la justificación empresarial de las operaciones y preparamos la entrega al administrador concursal.

2–4 semanas

Disputas

Llevamos las disputas separadas de forma coordinada, con una posición propia para cada reclamación.

según el calendario del tribunal

Cierre

Buscamos el levantamiento de las restricciones y acompañamos el convenio o las resoluciones judiciales hasta el final del procedimiento.

fin del proceso

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es mejor buscar protección: antes del concurso o después?

Cuanto antes, más opciones. Antes de que comience un procedimiento se puede poner en orden la documentación, preparar explicaciones de las operaciones y elegir la línea de conducta adecuada. Una vez nombrado un administrador concursal, mucho debe probarse a posteriori.

¿Tenemos que entregar al administrador concursal todos los documentos, incluso los incómodos?

No entregar los documentos es casi siempre peor para un director que cualquier cosa que contengan, porque crea por sí mismo presunciones en su contra. Ayudamos a entregar la documentación completa mientras preparamos explicaciones sobre los documentos que plantearán preguntas.

¿Pueden verse afectados los familiares del director o del propietario?

Si los bienes se registraron a nombre de familiares o la sociedad operó con ellos, el administrador concursal puede examinar esas operaciones e intentar impugnarlas. Por eso nuestra auditoría de riesgos también analiza esas relaciones.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.