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REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y ARBITRAJE / 06

Órdenes judiciales y procedimientos simplificados

Las deudas pequeñas y bien documentadas no siempre merecen un procedimiento completo: las órdenes judiciales y los procedimientos simplificados se resuelven sobre la base de los documentos y avanzan más rápido. Elegimos la vía adecuada y, si su sociedad es la parte demandada, actuamos dentro de los breves plazos.

Para quién
Empresas y emprendedores
Formato
Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué ocurre

Un cliente ha pagado solo en parte una entrega, la deuda está reconocida en un acta de conciliación de saldos y no hay nada que discutir; el dinero simplemente no está o no se paga. Un juicio completo con audiencias parece excesivo para la suma, pero dejar la deuda tampoco tiene sentido.

La sociedad tiene decenas de reclamaciones similares contra compradores o arrendatarios. Lo que necesita es una línea de producción: documentos preparados de la misma manera, solicitudes rápidas y seguimiento de plazos y de la ejecución de cada reclamación.

La sociedad ha recibido una orden judicial por una deuda de la que nunca oyó hablar, o la notificación de que una demanda se verá en un procedimiento simplificado con plazos ajustados para responder. En estos casos es fácil equivocarse al responder, y las consecuencias llegan pronto.

Qué dice la ley

  • La orden judicial se dicta para reclamaciones dinerarias indiscutidas y respaldadas por documentos, sin audiencia y sin citar a las partes. Los umbrales para las órdenes judiciales y los procedimientos simplificados se fijan en el Código de Procedimiento Comercial (APK) y en el Código de Procedimiento Civil y cambian con el tiempo, por lo que los verificamos a la fecha de presentación.
  • En los tribunales comerciales, el procedimiento de reclamación previa se aplica por lo general tanto antes de una solicitud de orden judicial como antes de una demanda que se tramite en procedimiento simplificado.
  • El deudor puede oponerse a la orden judicial dentro de los diez días siguientes a la recepción de una copia, y la orden quedará entonces cancelada; no es necesario indicar motivos. La reclamación deberá presentarse entonces como acción ordinaria.
  • En el procedimiento simplificado, el tribunal resuelve el caso sobre los documentos sin citar a las partes, fijando plazos para el intercambio de posiciones. Conforme al APK, el tribunal pasa el caso al procedimiento ordinario si es necesario establecer hechos adicionales, examinar pruebas, designar un perito u oír a testigos.
  • En los tribunales comerciales, la sentencia en procedimiento simplificado se dicta en forma de parte dispositiva, y los fundamentos se elaboran a solicitud de una parte o si se interpone apelación. La apelación contra una sentencia así conforme al APK debe presentarse dentro de los quince días.
  • La orden judicial es en sí misma un documento ejecutivo y se presenta al banco o a los alguaciles conforme a la Ley Federal n.º 229-FZ de 2 de octubre de 2007 «Sobre el procedimiento de ejecución».

Qué hacemos

  • Verificamos si la reclamación se presta a una orden judicial o a un procedimiento simplificado, y si esa elección costaría tiempo en caso de que el deudor decida oponerse.
  • Enviamos la carta de reclamación y reunimos un conjunto de documentos suficiente para un cobro indiscutido.
  • Preparamos la solicitud de orden judicial o la demanda y llevamos el control de los plazos que el tribunal fija para los escritos.
  • Para un flujo de reclamaciones similares, establecemos plantillas de documentos y un registro de casos para que cada reclamación siga su curso.
  • Presentamos la orden judicial o el título ejecutivo al banco del deudor o a los alguaciles y supervisamos la ejecución.
  • Si se ha presentado una orden judicial o una demanda simplificada contra su sociedad, preparamos a tiempo las oposiciones o la contestación y evaluamos si conviene solicitar el paso al procedimiento ordinario.

Qué necesitaremos de usted

  • El contrato y los documentos que prueban su cumplimiento: albaranes, actas de recepción, documentos universales de transmisión.
  • Un acta de conciliación de saldos, una carta de garantía u otro reconocimiento de la deuda por parte del deudor, si lo hay.
  • La carta de reclamación con la prueba de su envío.
  • Un cálculo de la deuda y de cualquier penalidad o interés.
  • Si el documento se dictó contra usted: una copia de la orden o resolución judicial con la fecha de recepción y el sobre.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Revisión

Evaluamos los documentos y elegimos la vía: una orden judicial, un procedimiento simplificado o una demanda ordinaria.

1–2 días

Presentación

Enviamos la carta de reclamación y luego preparamos y presentamos la solicitud de orden judicial o la demanda.

según el plazo de la carta de reclamación

Tribunal

Seguimos el caso y presentamos documentos adicionales dentro de los plazos fijados por el tribunal.

según los plazos del tribunal

Ejecución

Presentamos la orden judicial o el título ejecutivo al banco o a los alguaciles.

según se requiera

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si el deudor logra que se cancele la orden judicial?

La reclamación tendrá que presentarse como acción ordinaria. El tiempo empleado no se pierde del todo, pues los documentos y cálculos ya están listos. Cuando vemos de antemano que el deudor se opondrá a la reclamación, recomendamos ir directamente a una acción.

Nunca recibimos la orden judicial, pero ya se ha debitado dinero. ¿Qué hacemos?

El plazo para oponerse corre desde la recepción de la copia de la orden. Si la sociedad no la recibió por causas ajenas a su voluntad, las oposiciones pueden presentarse junto con una solicitud de restablecimiento del plazo y las pruebas que la respalden; verificamos las fechas con el número de seguimiento postal y el expediente.

¿Pueden presentarse pruebas más tarde en el procedimiento simplificado?

El tribunal fija dos plazos: uno para los documentos principales y otro para las explicaciones adicionales. Los documentos presentados tarde sin causa justificada pueden no ser admitidos, por lo que cumplimos los plazos con margen.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.