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REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y ARBITRAJE / 02

Representación de una sociedad en los tribunales de jurisdicción general

Su sociedad está acostumbrada a los tribunales comerciales, pero esta disputa ha llegado a un tribunal de distrito: un antiguo empleado, un consumidor o un fiador persona física ha presentado una demanda. Llevamos estos casos sabiendo que aquí las reglas, el ritmo y la lógica del procedimiento son distintos.

Para quién
Empresas y emprendedores
Formato
Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué ocurre

Un directivo despedido reclama la reincorporación, el pago por ausencia forzosa y una indemnización por daño moral. La documentación de recursos humanos se reunió a toda prisa, y el director, convencido de que el despido fue justo, no entiende por qué el tribunal examina primero el procedimiento.

Un cliente persona física está insatisfecho con los bienes o el servicio y ha demandado con base en la legislación de protección del consumidor. A la suma principal se han añadido una penalidad legal y una multa, y la reclamación total es varias veces el valor del pedido original.

A veces es la sociedad quien presenta la demanda: cobrar una deuda a un fiador persona física, a un antiguo director en virtud de un préstamo, o a quien dañó bienes de la sociedad. En estos casos la competencia funciona de manera distinta de lo que están acostumbrados los juristas de los tribunales comerciales.

Qué dice la ley

  • La competencia depende de quiénes son las partes y de qué trata la controversia. Cuando una parte es una persona física sin condición de empresario individual, el caso lo conoce normalmente un tribunal de jurisdicción general conforme al Código de Procedimiento Civil; los conflictos societarios y los casos de insolvencia son algunas de las excepciones.
  • En los casos de despido el empleador debe probar que el motivo era lícito y que se siguió el procedimiento; conforme al Código del Trabajo, el trabajador que presenta una demanda derivada de la relación laboral no paga tasas judiciales.
  • Conforme a la Ley de la Federación de Rusia n.º 2300-1 de 7 de febrero de 1992 «Sobre la protección de los derechos del consumidor», cuando se estima la reclamación de un consumidor el tribunal ordena al vendedor o prestador del servicio pagar una multa del cincuenta por ciento de la suma concedida si la reclamación no se atendió voluntariamente. Eso hace que la etapa previa al juicio sea decisiva para la sociedad.
  • La sentencia motivada suele elaborarse varios días después de anunciarse la parte dispositiva. La apelación conforme al Código de Procedimiento Civil se presenta dentro del mes siguiente a la fecha en que la sentencia se emite en su forma definitiva.
  • Una sociedad puede incorporarse como tercero al caso de otro si el resultado afecta a sus derechos u obligaciones. A menudo se piensa en ello demasiado tarde, cuando ya se ha dictado la sentencia y hay que cumplirla o impugnarla.
  • La sentencia se ejecuta mediante un título ejecutivo a través del banco o de los alguaciles conforme a la Ley Federal n.º 229-FZ de 2 de octubre de 2007 «Sobre el procedimiento de ejecución».

Qué hacemos

  • Determinamos qué tribunal es competente y, si se han infringido las reglas, solicitamos que el caso se remita.
  • Revisamos los documentos de la sociedad como los verá el tribunal: órdenes de recursos humanos, informes, contratos con consumidores, correspondencia y registros de reclamaciones.
  • Redactamos la contestación o la demanda, y las solicitudes de exhibición de pruebas y de citación de testigos.
  • Valoramos si tiene sentido transigir antes de la sentencia y, en ese caso, preparamos una oferta al demandante y un borrador de convenio de transacción.
  • Representamos a la sociedad en las audiencias, interrogamos a los testigos y respondemos a los argumentos del demandante y de su representante.
  • Obtenemos la sentencia motivada, evaluamos los fundamentos de apelación y preparamos la apelación o la contestación a ella dentro del plazo.

Qué necesitaremos de usted

  • La demanda y todos los documentos recibidos del tribunal, con los sobres y las fechas de recepción.
  • En una disputa laboral: el contrato de trabajo, las órdenes, la descripción del puesto, los registros disciplinarios, las hojas de asistencia y las nóminas.
  • En una disputa de consumo: el contrato o el recibo, la reclamación del cliente y su respuesta, y los documentos sobre la calidad de los bienes o del servicio.
  • Correspondencia interna y declaraciones del personal que conozca los hechos.
  • Datos de quién podría declarar como testigo por la sociedad.
  • Un poder notarial para representar a la sociedad ante el tribunal.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Revisión de la demanda

Estudiamos la demanda y los documentos, verificamos la competencia y los plazos y evaluamos los riesgos y el margen para una transacción.

2–4 días

Posición

Preparamos la contestación por escrito, reunimos pruebas e identificamos a los testigos.

1–2 semanas

Audiencias

Representamos a la sociedad ante el tribunal, presentamos solicitudes y respondemos a los argumentos del demandante.

según el calendario del tribunal

Sentencia

Obtenemos la sentencia motivada, evaluamos las perspectivas de una apelación y actuamos dentro del plazo de un mes.

hasta 1 mes

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

¿Por qué un tribunal de distrito si se trata de una disputa empresarial?

Porque el tribunal se determina no solo por la materia sino por quiénes son las partes. Si el demandante es una persona física y la disputa no es societaria, normalmente la conoce un tribunal de jurisdicción general. Si la competencia es errónea, lo planteamos en la primera audiencia.

El consumidor reclama varias veces el valor del pedido. ¿Puede ocurrir?

Puede: se suman a la suma principal una penalidad legal, la indemnización por daño moral y la multa prevista en la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor. El tribunal puede reducir la penalidad y la multa cuando sean manifiestamente desproporcionadas, y preparamos el caso para esa reducción, aunque no pronosticamos el resultado.

¿Debe asistir el director a las audiencias?

Por lo general no; basta un representante con poder notarial. La presencia del director o del personal puede ayudar cuando su declaración es importante, por ejemplo en una disputa laboral, y en ese caso los preparamos de antemano para el interrogatorio.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.