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CONFLICTOS SOCIETARIOS Y M&A / 05

Defensa frente a la toma hostil de control societario

Una toma de control rara vez parece un asalto. Con más frecuencia es un acuerdo de junta falsificado, un nuevo director en el registro estatal o una participación que de pronto pasó a otra persona. Cerramos las brechas con antelación y, si el ataque ya comenzó, actuamos en los primeros días, cuando más importa.

Para quién
Empresas y emprendedores
Formato
Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué ocurre

Una mañana el propietario recibe una notificación del banco: las facultades del director han sido canceladas, en el registro figura otra persona que ya intenta operar la cuenta. Ninguno de los socios ha visto los documentos en los que se basa la inscripción.

Un antiguo socio, al salir del negocio, conservó el acceso al sello de la sociedad, a la firma electrónica y a contratos clave. Ahora, a través de acreedores vinculados, presenta contra la sociedad reclamaciones que parecen la preparación de una quiebra y de una apropiación de sus activos.

La empresa crece, ya es propietaria de bienes valiosos y tiene licencias, y los dueños quieren saber de antemano dónde están expuestos: en los estatutos, en la estructura de propiedad, en las facultades del director o en las garantías.

Qué dice la ley

  • Los cambios en el registro estatal se realizan conforme a la Ley Federal n.º 129-FZ de 8 de agosto de 2001 «Sobre el registro estatal de personas jurídicas y empresarios individuales» (la Ley de Registro Estatal). Esta permite a las personas interesadas presentar objeciones ante el órgano de registro a una inscripción próxima y permite a cada socio declarar que no se inscriba ningún cambio sin su participación personal.
  • Las enajenaciones de participaciones en una OOO se certifican, por regla general, ante notario conforme a la Ley Federal n.º 14-FZ de 8 de febrero de 1998 «Sobre las sociedades de responsabilidad limitada» (la Ley de OOO), y los acuerdos de la junta general se certifican ante notario salvo que los estatutos dispongan otra cosa. Esto dificulta la falsificación, pero no la excluye.
  • El Código Civil permite al socio que perdió su participación contra su voluntad por actos ilícitos de terceros reclamar su restitución. Estas demandas las conocen los tribunales comerciales (arbitrazh) como conflictos societarios.
  • En un conflicto societario el tribunal puede adoptar medidas cautelares con poca antelación, que prohíban cambios registrales, operaciones con participaciones o enajenaciones de bienes de la sociedad. La rapidez de la solicitud es decisiva.
  • La decisión de un órgano de registro de practicar una inscripción en el registro puede impugnarse ante la autoridad tributaria superior y ante el tribunal comercial (arbitrazh).
  • Los estatutos y un pacto de socios pueden restringir de antemano la enajenación de participaciones a terceros, exigir el consentimiento de los socios para las operaciones y elevar los umbrales de quórum, reduciendo el riesgo de una toma de control desde dentro.

Qué hacemos

  • Auditamos las vulnerabilidades: los estatutos, la estructura de propiedad, las facultades del director, los poderes notariales, el acceso a la firma y al sello y las prendas sobre participaciones y bienes.
  • Proponemos y aplicamos cambios en los estatutos y en los documentos societarios y establecemos un seguimiento de los cambios en el registro estatal.
  • Preparamos las objeciones ante el órgano de registro y las declaraciones de que no puede practicarse ninguna inscripción sin la participación personal de los socios.
  • Cuando hay un ataque en curso, presentamos de inmediato la demanda y la solicitud de medidas cautelares y notificamos a los bancos y a las contrapartes clave.
  • Impugnamos las inscripciones registrales ilícitas y buscamos la restitución de la participación y la reposición del director legítimo.
  • Nos oponemos a las reclamaciones artificiales de acreedores vinculados cuando la toma de control se ejecuta a través de deudas y de un concurso.

Qué necesitaremos de usted

  • Los estatutos, un extracto del registro y la lista de socios o el registro de accionistas.
  • Documentos que muestren cómo los socios adquirieron sus participaciones o acciones, y cualquier pacto de socios.
  • Datos de los poderes notariales vigentes y de quién tiene la firma electrónica y el sello.
  • Contratos de prenda sobre participaciones, acciones y bienes, y los principales contratos de préstamo.
  • Si el ataque ya comenzó: todo lo que se sepa de la inscripción registral en disputa, las notificaciones de los bancos y las cartas de la nueva dirección.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Medidas urgentes

Si hay una toma de control en curso, dejamos constancia de la situación, notificamos a los bancos y preparamos la solicitud de medidas cautelares.

1–3 días

Auditoría

Revisamos los estatutos, la propiedad, las facultades y las cargas y trazamos un mapa de las vulnerabilidades por orden de prioridad.

1–2 semanas

Protección

Modificamos los estatutos y los documentos y presentamos objeciones y declaraciones ante el órgano de registro; en caso de litigio, llevamos el procedimiento.

2–6 semanas

Seguimiento

Vigilamos el registro, los procesos judiciales y las nuevas reclamaciones contra la sociedad y respondemos a los cambios.

continuo

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

Ha aparecido otro director en el registro. ¿Qué debemos hacer primero?

Informar a los bancos de la sociedad de que las facultades del director están en disputa, obtener de la autoridad tributaria los documentos con base en los cuales se practicó la inscripción y solicitar al tribunal medidas cautelares lo antes posible. Cada día de demora da a la otra parte tiempo para disponer de las cuentas y los bienes.

¿Protege la certificación notarial frente a una toma de control?

Dificulta considerablemente la falsificación de acuerdos y de operaciones con acciones, pero no es una protección absoluta: ocurren tanto poderes notariales falsificados como abusos desde dentro de la sociedad. Tratamos la certificación notarial como un elemento de la defensa, no como el único.

¿Cómo saber si la sociedad está en riesgo?

Las señales habituales son el conflicto entre socios, una persona enemistada con los propietarios que tiene la firma o el sello, participaciones pignoradas y reclamaciones inesperadas de acreedores poco conocidos. Si se da alguna de ellas, conviene hacer ya una auditoría de vulnerabilidades.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.