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CONFLICTOS SOCIETARIOS Y M&A / 07

Asistencia en operaciones de M&A

El comprador quiere saber exactamente qué adquiere; el vendedor quiere cobrar y no responder por decisiones tomadas después del cierre. Revisamos el objeto de la compra, estructuramos la operación y redactamos el contrato de modo que los riesgos queden repartidos con claridad y sigan siendo manejables.

Para quién
Empresas y emprendedores
Formato
Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué ocurre

Un comprador adquiere una cadena minorista o un negocio de producción en marcha y solo ve lo que el vendedor le ha mostrado: estados contables ordenados y una lista de contratos. Lo que hay detrás, ya sean deudas, prendas, reclamaciones tributarias o litigios de arrendamiento, sigue sin conocerse.

Un propietario vende la sociedad a un inversor estratégico, y el comprador envía un borrador de contrato de cincuenta páginas con garantías muy amplias y responsabilidad ilimitada del vendedor. El vendedor necesita saber qué es práctica de mercado y qué debe eliminarse o limitarse.

Las partes han acordado el precio, pero la operación está detenida por las autorizaciones: control de concentraciones, consentimiento del banco acreedor prendario, permisos especiales por la participación de partes extranjeras. El calendario se retrasa, y cada semana de demora entraña riesgo.

Qué dice la ley

  • El contrato de venta de una participación en una OOO se certifica, por regla general, ante notario conforme a la Ley Federal n.º 14-FZ de 8 de febrero de 1998 «Sobre las sociedades de responsabilidad limitada»; la titularidad de las acciones se transmite cuando se practica la anotación en la cuenta del registro del comprador.
  • El Código Civil permite incluir en el contrato declaraciones sobre determinadas circunstancias e indemnizaciones por pérdidas: el vendedor responde de la exactitud de lo que dice sobre la sociedad, y las partes fijan de antemano qué pérdidas quedan cubiertas y dentro de qué límites.
  • Las operaciones que superan los umbrales de activos o de facturación requieren el consentimiento previo de la autoridad de competencia conforme a la Ley Federal n.º 135-FZ de 26 de julio de 2006 «Sobre la protección de la competencia»; sin él, la operación puede ser impugnada.
  • Las operaciones con partes extranjeras de determinados Estados están sujetas a un procedimiento especial de autorización a través de una comisión gubernamental, y se aplican controles separados de inversión extranjera a las sociedades estratégicas. Ambos deben incorporarse al calendario.
  • El pago puede garantizarse mediante una cuenta de garantía (escrow), una carta de crédito o un depósito notarial, de modo que el vendedor cobre una vez cumplidas las condiciones del cierre.
  • El pago diferido, los pagos condicionados a resultados (earn-out) y las opciones de compra o venta de participaciones adicionales se basan en instrumentos del Código Civil y deben coordinarse con cuidado con los documentos societarios.

Qué hacemos

  • Realizamos la diligencia debida jurídica: historia societaria, titularidad de los activos, pasivos, litigios y riesgos tributarios, contratos clave y sus cláusulas de cambio de control.
  • Proponemos la estructura de la operación: compra de acciones o de activos, adquisición por etapas, reorganización, y el mecanismo de pago.
  • Redactamos y negociamos los documentos: la carta de intenciones, el contrato de compraventa, las declaraciones y garantías, las indemnizaciones y un pacto de socios con los participantes que permanezcan.
  • Identificamos las autorizaciones necesarias, desde el control de concentraciones y los bancos acreedores hasta los permisos especiales, y las gestionamos hasta su obtención.
  • Negociamos del lado del cliente y coordinamos a los tasadores, auditores y asesores fiscales.
  • Dirigimos el cierre: trámites notariales, pagos, inscripción y entrega de documentos, locales y dirección al nuevo propietario.

Qué necesitaremos de usted

  • Un esquema de la operación: qué se compra o se vende, el precio indicativo y el calendario previsto.
  • Para el comprador: la información que ya tenga sobre el objeto de la compra y el acceso al data room, si se ha creado.
  • Para el vendedor: documentos constitutivos, títulos de propiedad de los activos, contratos clave y datos sobre litigios e inspecciones.
  • Datos de los grupos del comprador y del vendedor, incluida cualquier participación extranjera, para evaluar qué autorizaciones se necesitan.
  • Cualquier borrador de carta de intenciones o term sheet que las partes ya estén debatiendo.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Estructura

Analizamos los objetivos de la operación, proponemos una estructura y una lista de autorizaciones y estimamos el calendario.

1–2 semanas

Diligencia debida

Revisamos el objeto de la compra e informamos sobre los riesgos, con propuestas para reflejarlos en el precio y en el contrato.

2–6 semanas

Documentos

Preparamos y negociamos los documentos de la operación y obtenemos las autorizaciones.

según se requiera

Cierre

Dirigimos el cierre, supervisamos el pago y la entrega del activo y acompañamos el período posterior al cierre.

según el calendario de la operación

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

¿Es necesaria la diligencia debida si conocemos al vendedor?

La diligencia debida no consiste en desconfiar del vendedor; es posible que el vendedor simplemente no conozca todos los riesgos de la sociedad. Sus resultados también determinan qué garantías se incluyen en el contrato y qué sumas deben retenerse hasta que se cumplan las condiciones.

¿Quién responde si tras la compra aparece una reclamación tributaria de años anteriores?

Depende del contrato. Si contiene declaraciones tributarias del vendedor y una indemnización, el comprador puede reclamar contra el vendedor. Si no, el riesgo generalmente permanece en la sociedad y, por tanto, en el nuevo propietario.

¿Cuánto dura una operación de M&A?

Una operación pequeña sobre un único activo y sin autorizaciones especiales puede cerrarse en pocas semanas. Las operaciones que requieren autorización de concentración, que involucran a partes extranjeras o que abarcan muchos locales tardan meses. Elaboramos un calendario realista desde el inicio.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma el contrato de servicios jurídicos: en ella le diremos qué hay que hacer y en qué plazo.